1.- De acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 19.418, el proceso eleccionario estará a cargo de una Comisión Electoral, que debe establecerse dos meses antes a la elección.
2.- Una vez pasado los dos meses deben presentar la carta de comunicación de elección 15 días hábiles antes de la elección.
3.- Para el día de la elección deben tener el acta de elección, la planilla de asistencia de los votantes y el comprobante de que se realizó la elección, todos estos documentos se deben presentar a oficina de organizaciones comunitarias y posteriormente entregarlos a oficina de partes, los cuales tienen duración de 5 días hábiles después de la elección.
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